A su turno, la defensora Gladys Olavarría manifestó la necesidad de generar un ámbito de reinserción para su cliente, subrayando que tiene 44 años, aún con posibilidades laborales con la carga de mantención familiar. Rechazó la posibilidad de declarar la reincidencia y pidió se aplique la pena mínima, esto es de diez años y ocho meses de prisión. No puso objeción al mantenimiento de la prisión preventiva.
El Juez de la causa Gustavo Castro en primera instancia confirmó que Darío Fernando Cárdenas deberá continuar con la prisión preventiva, al menos hasta que la condena quede firme, previéndose la posibilidad que tiene la defensa para impugnar lo decidido por el jurado durante el juicio y comunicó que en el término de cinco días, como lo indica la norma, dará a conocer la sentencia que le cabe al condenado.
Quedó acreditado durante el juicio por jurados que el 18 de septiembre de 2021, alrededor de las 21,17, Cárdenas se acercó al domicilio de 25 de mayo al 1700 de Trelew, circunstancias en las cuales sabiendo lo que hacía y con claras intenciones de terminar con la vida de Sena, ingresó al lugar portando un arma de fuego y tras mantener una discusión con la víctima, le efectuó un disparo en la cabeza. Luego de haber logrado su cometido se dio a la fuga abordando un vehículo marca Chevrolet. Como consecuencia del disparo, Sena sufrió serias heridas, lo que finalmente le produjo un traumatismo encéfalo craneano que resultó incompatible con la vida. La calificación legal es por homicidio agravado debido al uso de arma de fuego, previsto en los artículos 79, 41 bis y 45 del código penal.