La Cámara Penal de Trelew rechazó impugnación presentada por la defensa pública en un caso de abuso sexual gravemente ultrajante

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El Ministerio Público Fiscal fue representado por la Fiscal Jefe de Rawson, Florencia Gómez y la Dra. Silvina Nicholson, quienes llevaron a juicio al responsable del delito.
Como resultado, S .A., fue hallado culpable en primera instancia por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo con una condena de 4 años y 6 meses.
En segunda instancia, la defensa pública, presentó un escrito de impugnación ante Cámara Penal de la ciudad de Trelew, escrito que fue rechazado por el tribunal, conforme los argumentos expuestos por la Fiscal Florencia Gómez, confirmando lo resuelto en primera instancia por el Juez Fabio Monti.
Los hechos, extremadamente graves, atentaron contra la integridad y libertad sexual de una niña-mujer y su derecho a vivir libremente, protegido mediante las normas internacionales y nacionales.
Una vez firme la condena, el culpable quedará inscripto en el Registro de Defensa de la Integridad Sexual con la totalidad de los datos personales requeridos por el artículo 1 incluidos los necesarios para el Registro Provincial de Identificación Genética de Abusadores Sexuales (Ley Provincial nro XV 11)
La naturaleza del caso complejo de abuso sexual gravemente ultrajante que fue llevado a juicio, por Fiscal de Rawson, Florencia Gómez, logro probar en juicio su hipótesis del caso fiscal ante el juez. La Fiscal pidió la pena de 6 años y la prisión para el condenado.
El juez Fabio Monti, conforme las pruebas y testimonios aportados por la Fiscalía de Rawson, halló culpable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante”, a un hombre que durante cuatro años abusó de su sobrina cuando esta contaba entre los 8 y los 12 años de edad. Los hechos ocurrieron cuando la niña visitaba la casa de sus abuelos, en la ciudad de Rawson, entre los años 2010 y 2014.
El juez
En su resolución, el juez Fabio Monti consideró que “quedó acreditado en debate cómo y en qué circunstancias sucedieron los hechos de abusos sexuales contra la niña, forzados mediante el aprovechamiento de la asimetría de edad entre el imputado y la víctima niña, quien contaba entre 8 y 12 años”.
La Cámara de la ciudad de Trelew resolvió rechazar el escrito de impugnación presentado por la defensa pública en representación de S.A., confirmando en todos los términos la Sentencia del Juez Fabio Monti.
-Producido por el Área Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, Oficina Rawson.

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