La defensa ejercida por Oscar Romero y Franco Bonavita expusieron su argumentación acerca del pedido de libertad de su clienta, en tanto la fiscalía mantuvo la postura solicitando la continuidad de la medida de coerción al reafirmar las evidencias colectadas durante las pericias llevadas adelante, especialmente la cámara gessel de los niños que podrían haber sido afectados. También participó en tal sentido el asesor de familia Pablo Rey, adhiriendo a la postulación fiscal.
Puesta a resolver, la Jueza Ivana González mantuvo su consideración sobre la posibilidad de la existencia de maltrato e insistió en la posibilidad de profundizar estudios e informes sobre la existencia o no de otros delitos. Estimó que se había dado una contraposición defensiva que ponía en crisis la argumentación fiscal, por lo que determinó la libertad de la docente en la continuidad del proceso, morigerando de este modo el arresto domiciliario que venía manteniendo, a la vez que deberá informar cada vez que quiera ausentarse de la provincia y se le exigió entregar el pasaporte en sede judicial, para evitar su alejamiento. A la mujer se le endilgan hechos posiblemente ocurridos en la escuela entre los meses de abril y junio de este año, lo que fue calificado provisoriamente por la fiscalía como abuso sexual simple agravado por ser cometido por la encargada de la educación, dos hechos en concurso real a título de autora, de acuerdo a los artículos 119 primero y último párrafo en relación con el cuarto, inciso b, 55 y 45 del código penal.

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